La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) recoge en qué casos puede el casero entrar en su vivienda alquilada, ¿Cuáles son?

Cuando una persona alquila una vivienda, esta pasa a ser su residencia habitual, su casa. Sin embargo, la propiedad sigue en manos del propietario, por lo que muchas veces se puede creer que el casero puede entrar en un piso alquilado cuando quiera. ¿Es esto cierto? ¿En qué supuestos el arrendador puede entrar a una vivienda con inquilino? Resolvemos las dudas.

¿Puede el casero entrar en su piso alquilado sin permiso?

La respuesta es que no. En el momento en el que existe un contrato de alquiler que indica que la vivienda está arrendada a un inquilino, la casa pasa a el hogar de este. Por tanto, no se podrá entrar si el inquilino no lo consiente, ya que el casero ha cedido el uso de la casa a cambio de una compensación económica.

La negativa a esto es un derecho fundamental que recoge el artículo 18 de la Constitución Española: “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.

¿Qué pasa si el arrendador entra a mi piso alquilado?

Si el arrendador entra sin permiso del inquilino en su casa alquilada, supone un delito de allanamiento de morada, que puede derivar, incluso, en penas de cárcel. “Si se produce allanamiento de morada, la pena de prisión es de seis meses a dos años. Si este hecho se ejecuta con violencia o intimidación, la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a 12 meses”, establece el artículo 202 del Código Penal.

En esta situación, el arrendatario podría presentar una demanda contra el casero y la ley le ampararía en el caso de que pudiera demostrar que ha entrado sin permiso (grabaciones, testimonios, cámaras de seguridad, etc.).

¿Puedo negarme a enseñar el piso como inquilino?

Esta pregunta es muy frecuente. En ocasiones, el propietario pone la casa en venta con un inquilino y le pide enseñar la propiedad mientras él todavía vive ahí. La respuesta es que, de forma general, el arrendatario no está obligado a hacerlo, ya que, hasta que se extinga el contrato, sigue siendo su domicilio. Sin embargo, en el momento de la elaboración del contrato se puede especificar en una cláusula que exista esta posibilidad.

Ahora bien, lo más recomendable es que las partes lleguen a un acuerdo sobre este tema. Si existe una buena relación entre los dos, ¿por qué no hacer el favor? Cabe recordar que, en caso de que el propietario decida vender la casa, el inquilino tiene derecho a compra preferente sobre el resto de interesados.

¿Puede entrar el casero si hay que hacer reparaciones?

Hay un escenario recogido en la LAU, en el que el casero tiene derecho a entrar en la vivienda alquilada de su propiedad: para verificar si se requieren reparaciones u obras de mejora para conservar las condiciones de habitabilidad. En este caso, podrá entrar él o los técnicos que vayan a ejecutar dichas actuaciones.

Aun así, el inquilino deberá dar su consentimiento para que examinen la vivienda los técnicos o el propietario. Si se niega y se originan daños en la vivienda, el arrendatario deberá responder a los daños y perjuicios que aparezcan por no haber autorizado la entrada.

 

Fuente: idealista