¿Se puede tener un perro en una casa alquilada?

¿Qué dice la nueva ley de protección animal sobre tener un perro en una casa de alquiler y cómo afectan las nuevas mejoras?

Los animales han adquirido el estatus de miembro de la familia y muchas personas se preguntan qué dice la nueva ley de animales sobre tener un perro en una casa de alquiler ¿El propietario está obligado a aceptar inquilinos como mascotas?

España ha experimentado muchos cambios en lo relativo a las mascotas. Concretamente, el 6 de octubre de 2021 el Gobierno presentó la nueva Ley de Protección Animal con el objetivo de velar por el bienestar y los derechos de las mascotas, para posteriormente, el 5 de enero de 2022, pasar a  considerarlos como parte del núcleo familiar, es decir, uno más de la familia aprobando el proyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales.

Con este nuevo estatus, muchos se preguntan si obligatoriamente se deberán admitir por ley mascotas en los pisos en alquiler, ya que, al considerarse miembros de la unidad familiar, no hacerlo podría considerarse una discriminación.

¿Qué dice la nueva ley de animales sobre tener un perro en una casa de alquiler?

La nueva ley de animales, busca mejorar su bienestar y sus derechos, así como evitar el maltrato y la comercialización dañina para las mascotas. Sin embargo, los alquileres se regulan por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la cual no se ha modificado. Esto quiere decir que, aunque los animales sean considerados miembros de la familia, los propietarios son los que deciden si los aceptan en su vivienda o no.

La LAU no prohíbe alquilar una casa a un inquilino con mascotas, deja la opción de que sea el propietario quien lo decida. Para ello, el arrendador podrá añadir al contrato de arrendamiento una cláusula que lo especifique.

Si no hay cláusula que señale la prohibición de mascotas en la casa en alquiler, el inquilino podrá hacerlo y no le supondrá ningún problema siempre y cuando cumpla la normativa y no ocasiona problemas como, por ejemplo, no cumplir las medidas mínimas de higiene, mal trato con los vecinos, generar ruidos molestos, etc.

En un tema tan delicado, será aconsejable reflejar en el contrato de alquiler cualquier cláusula relativas a la tenencia de mascotas. De este modo, se evitará cualquier conflicto que pueda surgir, pactando entre las partes los detalles y reflejarlos en el contrato de arrendamiento.

Nueva ley de animales ¿Puede la comunidad de vecinos prohibirlos?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que es la que regula las relaciones, derechos y obligaciones entre los propietarios o vecinos de varios inmuebles que pertenecen a la misma comunidad o edificio, señala que, en ningún caso, ni la comunidad de propietarios ni el resto de vecinos pueden prohibir la presencia de animales en las casas alquiladas del edificio.

No obstante, la comunidad de vecinos podrá tomar medidas si aparecen conflictos en la convivencia derivados de la tenencia de animales de compañía. En este caso, la primera medida a tomar es el dialogo, tratando de comunicar el problema y buscar una solución. Si el dueño mantiene su postura, habrá que elevar la queja al presidente de la comunidad y, si nada surte efecto, llevar el asunto a la policía.

Incumplimiento de contrato de alquiler por mascota

En un contrato de alquiler con una cláusula que especifique que se prohíben las mascotas no podrá haberlas, salvo que el propietario dé su visto bueno a posteriori y se refleje en el contrato original.

Por tanto, si se miente o se adquiere un animal posteriormente a la firma del contrato, se estará incumpliendo el mismo. En este caso, el propietario tiene derecho a rescindir el contrato, ya que se está cometiendo algo que no estaba pactado y que se prohibía expresamente.

¿Me pueden echar del piso por tener un gato?

Si hay una cláusula expresa que señala que no se pueden tener mascotas, te pueden echar. Si no hay cláusula, no podrán obligarte a abandonar el piso, salvo que el gato ocasione desperfectos en el estado de la vivienda, ruidos molestos para los vecinos o que no se cumplan las medidas mínimas de higiene.

¿Qué animales se pueden tener en una casa de alquiler?

Como norma general, se pueden tener especies animales que puedan adaptarse a la vivienda. Para ello, habrá que valorar las características específicas de cada animal (tamaño, comportamiento, hábitat, etc.). Por ejemplo, no es aconsejable tener un mastín en un piso de 40 m2 ni un husky en Sevilla.  Asimismo, se podrán tener estas mascotas siempre y cuando no se vulnere ninguna ley y no sean, por ejemplo, especies protegidas.

¿Cuántos perros se pueden tener en un piso?

El número de perros que se pueden tener en una vivienda, depende de la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Barcelona no existe límite.

Según la normativa vigente en Madrid, se pueden tener hasta cinco perros o gatos en una casa. Esto, por supuesto, siempre que cumplan una serie de condiciones que no comprometan la salud de las mascotas.

 

Fuente : Idealista. Foto de Pexels.