Es importante hacer el ejercicio de analizar si las condiciones se han quedado desfasadas y son mejorables, o si las circunstancias personales hacen aconsejable un cambio, ya sea para conseguir también disminuir su coste u otras razones como mejorar la liquidez.
Estas circunstancias son las que determinan muchas veces entre escoger entre novación y subrogación.

 

¿Qué es la novación en una hipoteca?

 

Una novación en una hipoteca es un cambio que se realiza sobre el contrato del préstamo después de su contratación tras acuerdo entre las dos partes.
Estos cambios se concentran fundamentalmente en un incremento en el importe del préstamo para conseguir liquidez, modificar el plazo y los tipos de interés.
Su coste dependerá del tipo de modificación. Por ejemplo, si es de tipo de interés al hacerse sobre documento privado no requiere el pago de ningún tributo, por el contrario, en otras modificaciones si es necesario recurrir a la escritura pública, su inscripción en el Registro e incluso pagar por el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados que varía según la comunidad autónoma y se sitúa entre el 0,5 % y el 1,5 %.

 

¿Qué es la subrogación de hipoteca?

 

Mientras, la subrogación consiste en el cambio de entidad financiera. Para ello, hay que seguir una serie de pasos.
En primer caso, la nueva entidad hace una oferta vinculante detallando las condiciones que ofrece. Tras esta oferta la entidad original tendrá un plazo de quince días naturales para ofrecer al cliente una modificación de las condiciones del préstamo, que al menos iguale la oferta del nuevo banco.
Si no es así, la nueva entidad asume la propiedad de la hipoteca mediante escritura y transfiere a la entidad subrogada (la antigua) el importe correspondiente al capital pendiente e intereses y comisiones devengadas y no pagadas.

 

Novación de la hipoteca vs subrogación hipotecaria

 

Aunque existe una diferencia de costes, la novación es más barata, también existe diferencia en el objetivo final. La novación es generalmente mucho más restrictiva.
Puede servir para propósitos como eliminar alguna comisión, ampliar el importe de la hipoteca o pequeños cambios en el interés. Y muchas veces para conseguirlo se obliga a que el cliente haga alguna cesión al banco.
Por el contrario, la subrogación, al suponer un cambio de entidad -y existir un mayor interés por esta de captar a un cliente- si suele permitir mejoras y cambios más importantes.
En todo caso, lo importante para el hipotecado es buscar la mejor opción para conseguir sus objetivos, teniendo en cuenta sus beneficios, pero también sus posibles costes.